Trabajadores Permanentes - Cada año fiscal hay aproximadamente 140,000 visas de inmigrantes para extranjeros que tengan la intención de inmigrar basándose en sus destrezas para ocupar empleos. Si usted tiene la combinación adecuada de destrezas, educación y/o experiencia y es elegible teniendo en cuenta otros aspectos, usted podría vivir permanentemente en los Estados Unidos. A continuación se presenta una lista de las cinco categorías de visas de inmigrante basándose en el empleo.

Certificación laboral - Algunas preferencias de visa requieren que ya usted tenga una oferta de empleo de un empleador de los EE.UU. Este empleador será considerado como su patrocinador. Para algunas categorías de visa es necesario que antes de que el empleador de los EE.UU. pueda presentar una petición a USCIS, tiene que obtener una certificación laboral aprobada del Departamento del Trabajo de los EE.UU.. La certificación laboral del DOL constata lo siguiente:

  • No hay suficientes trabajadores de los EE.UU. disponibles, calificados y dispuestos para ocupar la posición que se ofrece con el salario actual
  • Contratar a un trabajador extranjero no incidirá de manera negativa en los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores de los EE.UU. con empleos similares.

Categorías de preferencia de visa de trabajador permanente

Primera preferencia EB-1 - Esta categoría se reserva para las personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos o personas con puestos de mánager de multinacionales.    

¿Se requiere certificación de trabajo? No

Segunda preferencia EB-2 - Esta preferencia se reserva para las personas que sean profesionales y tengan títulos de posgrado o para las personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios.

¿Se requiere certificación de trabajo? Sí, al menos que el solicitante pueda obtener una dispensa por intereses nacionales

Tercera preferencia EB-3 - Esta preferencia se reserva para los profesionales, trabajadores especializados y otros. (Vea el enlace Tercera preferencia EB-3, a la derecha para más definiciones de estas clasificaciones de empleo).    

¿Se requiere certificación de trabajo? Sí

Cuarta preferencia EB-4 - Esta preferencia se reserva para “inmigrantes especiales”, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los EE.UU., personal retirado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los Estados Unidos y otros casos de extranjeros.      

¿Se requiere certificación de trabajo? No

Quinta preferencia EB-5 - Esta preferencia se reserva para los inversionistas de negocio que inviertan  $1 millón o $500,000 (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos 10 empleados de los EE.UU. a tiempo completo.

 

Inmigración basada en un empleo: Primera preferencia EB-1


Puede ser que usted cumpla con los requisitos para recibir una visa de primera preferencia, basada en un empleo si tiene alguna aptitud extraordinaria, es un profesor o investigador sobresaliente o un ejecutivo o gerente de una multinacional. Cada categoría tiene determinados requisitos que deben cumplirse:

Aptitud extraordinaria - Usted tiene que ser capaz de demostrar que tiene alguna aptitud extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes a través del reconocimiento continuo nacional o internacional. Sus logros deben ser reconocidos en su campo a través de una extensa documentación. No se requiere tener una oferta de empleo.

Debe cumplir con tres de los diez criterios* que aparecen más adelante, o facilitar pruebas de algún logro obtenido en una sola ocasión (por ejemplo: un Pulitzer, un Oscar, una medalla olímpica)

Profesores e investigadores sobresalientes - Usted tiene que ser capaz de demostrar que se ha ganado el reconocimiento internacional con sus destacados logros en un campo académico en particular. Deberá tener al menos tres años de experiencia en la docencia o en la investigación en esa área académica. La razón para entrar a los Estados Unidos deberá ser la búsqueda de una titulación o de un puesto de profesor titular o de un puesto investigativo similar en una universidad o en una institución de educación superior.

Debe adjuntar al menos dos tipos de documentación de los que se mencionan más adelante** y una oferta de empleo de su futuro empleador en los Estados Unidos.

Ejecutivo o gerente de una multinacional - Durante los tres años anteriores a la petición, usted deberá haber estado empleado durante al menos un año y fuera de los Estados Unidos por una empresa o corporación, y debe querer ingresar a los  Estados Unidos para continuar ofreciendo sus servicios a dicha empresa o corporación. El empleo que usted tenía debe haber sido fuera de los Estados Unidos y a nivel gerencial o ejecutivo y con el mismo empleador, con un afiliado o con una sucursal del empleador.

El empleador que hace la petición tiene que ser un empleador de los EE.UU. Su empleador tiene que haber estado haciendo negocios durante al menos un año, como afiliado, sucursal o como parte de la misma corporación o entidad legal que lo empleó a usted en el extranjero.

* Criterios para demostrar que usted tiene alguna aptitud extraordinaria

Deberá cumplir con tres de los diez criterios enumerados más adelante para demostrar que tiene alguna aptitud extraordinaria en su campo:

Prueba de que recibió premios o galardones a la excelencia menos reconocidos nacional o internacionalmente
Prueba de su membresía en asociaciones en su campo que exijan que sus miembros obtengan logros destacados
Prueba de materiales publicados sobre usted en publicaciones profesionales o en publicaciones comerciales importantes o en otros medios de comunicación importantes
Prueba de que se le ha pedido que juzgue el trabajo de otras personas, ya sea individualmente o como parte de un panel
Prueba de sus contribuciones científicas, artísticas, en el campo académico, en los deportes o en relación con los negocios de notable importancia en su campo
Prueba de autoría de artículos académicos aparecidos en publicaciones profesionales o en publicaciones comerciales importantes o en otros medios de comunicación importantes
Prueba de que su trabajo se ha exhibido en exposiciones o muestras artísticas
Prueba de su desempeño en un papel principal o de suma importancia en organizaciones distinguidas
Prueba de que usted cuenta con un salario alto o con alguna otra remuneración notablemente alta en comparación con otras personas en su campo
Prueba de sus éxitos comerciales en las artes escénicas

** Ejemplos de evidencias de que la persona es un profesor o investigador destacado
Prueba de que ha recibido premios o galardones importantes por sus destacados logros
Prueba de su membresía en asociaciones que exijan que sus miembros obtengan logros destacados
Prueba de material publicado en publicaciones profesionales escrito por otros sobre el trabajo del extranjero en el campo académico
Prueba de su participación, ya sea en un panel o individualmente, como juez del trabajo de otros en el mismo campo académico o en un campo relacionado
Prueba de contribuciones investigativas científicas o académicas originales en su campo
Prueba de autoría de libros o artículos académicos (en publicaciones académicas de circulación internacional) en su campo

Proceso de solicitud

Aptitud extraordinaria: Usted puede hacer una petición a su nombre enviando un Formulario I-140, Petición para trabajador extranjero.
Profesores e investigadores sobresalientes: Su empleador deberá enviar un Formulario I-140, Petición para trabajador extranjero.
Gerente o ejecutivo de una multinacional: Su empleador deberá enviar el Formulario del USCIS I-140, Petición para trabajador extranjero.

 

Inmigración basada en un empleo: Segunda preferencia EB-2

Puede ser que usted cumpla con los requisitos para recibir una visa de segunda preferencia, basada en un empleo si es un profesional y tiene un título de posgrado o su equivalente, o es un nacional extranjero que tiene una aptitud excepcional. Más adelante se muestran las categorías ocupacionales y los requisitos:

Título de posgrado - El trabajo que usted solicite debe exigir un título de posgrado y usted deberá poseer dicho título o su equivalente un título de licenciado más cinco años de experiencia laboral progresiva en su campo.

Documentación, como récords académicos oficiales que muestren que usted tiene un título de posgrado de EE.UU. o un título extranjero equivalente; o récords académicos oficiales que muestren que usted tiene un título de licenciado de EE.UU. o un título extranjero equivalente y cartas de antiguos empleadores o de su empleador actual que muestren que usted tiene al menos cinco años de experiencia laboral progresiva en la especialidad después de haber recibido el título de licenciado.

Aptitud excepcional - Usted tendrá que ser capaz de demostrar que tiene alguna aptitud excepcional en las ciencias, las artes o los negocios. Por aptitud excepcional “se entiende un grado de habilidad notablemente por encima de lo que normalmente se encuentra en las ciencias, las letras o los negocios”.

Usted deberá cumplir al menos con tres de los criterios que aparecen más adelante.*

Dispensa por interés nacional - Aquellos extranjeros que soliciten una dispensa por interés nacional están solicitando que se dispense la certificación laboral porque es de interés para los Estados Unidos. Aunque los empleos que califican para una dispensa por interés nacional no están definidos por los estatutos, dichas dispensas generalmente se otorgan a aquellas personas que tengan aptitudes excepcionales (ver más arriba) y cuyo empleo en los Estados Unidos beneficiaría en gran medida a la nación. Aquellas personas interesadas en una dispensa por interés nacional pueden enviar la petición ellos mismos a su nombre (no necesitan que un empleador los patrocine) y pueden tramitar su certificación laboral directamente con el USCIS junto con el Formulario I-140, Petición para trabajador extranjero.

Usted deberá cumplir al menos con tres de los criterios que aparecen más adelante* y demostrar que es de interés nacional que usted trabaje permanentemente en los Estados Unidos.

* Criterios

Récords académicos oficiales que muestren que usted tiene un título, diploma, certificado o galardón similar otorgado por un colegio universitario, universidad, escuela u otra institución docente relacionada con el campo en el cual usted tiene una aptitud excepcional
Cartas que documenten que tiene al menos 10 años de experiencia en su profesión a tiempo completo
Un permiso para practicar su profesión o una certificación de su profesión u ocupación
Prueba de que usted ha recibido un salario u otro tipo de remuneración por sus servicios que demuestran que tiene una aptitud excepcional
Membresía en una o varias asociaciones profesionales
Reconocimiento por parte de colegas, entidades del gobierno, organizaciones profesionales o de negocios por sus logros y notables contribuciones a su industria o campo
También se aceptará otra muestra de elegibilidad similar.

Aviso: Las peticiones de segunda preferencia basadas en un empleo generalmente deben estar acompañadas de una certificación laboral individual del Departamento del Trabajo aprobada, con el Formulario ETA-750. Si desea más información, vea el enlace del Departamento del Trabajo “Certificación de fuerza laboral extranjera”, a la derecha.

Familiares de titulares de visas EB-2 -  Puede ser que su cónyuge y sus hijos menores de 18 años puedan ingresar a los Estados Unidos  bajos los estatus de inmigrantes E-21 y E-22, respectivamente. Durante el proceso en el que usted y su cónyuge estén tramitando el estatus de residencia permanente titular de una Tarjeta verde, su cónyuge cumplirá con los requisitos para solicitar un Documento de Autorización de Empleo.